Requisitos de acceso
Los requisitos de acceso al Máster son los fijados en el artículo 16 del Real Decreto 1393/2007, del 29 de octubre, por lo que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, modificado por el Real Decreto 861/2010.
- Para acceder a las enseñanzas oficiales de Máster será necesario estar en posesión de un título universitario oficial español u otro expedir por una institución de educación superior perteneciente al otro Estado integrante del Espacio Europeo de Educación Superior que faculte para el acceso a enseñanzas de Máster.
- Asimismo, podrán acceder los titulados conforme a sistemas educativos ajenos al Espacio Europeo de Educación Superior sin necesidad de la homologación de sus títulos, previa comprobación por la Universidad de que aquellos acreditan un nivel de formación equivalente a los correspondientes títulos universitarios oficiales españoles y que facultan en el país expedidor del título para el acceso a enseñanzas de postgrado. El acceso por esta vía no implicará, en ningún caso, la homologación del título previo de que esté en posesión el interesado, ni su reconocimiento a otros efectos que lo de cursar las enseñanzas de Máster.
Los estudiantes extranjeros de habla no hispana deberán acreditar que tienen los conocimientos lingüísticos suficientes para cursar el Máster o, en su defecto, garantizar el aprendizaje del incluso a lo largo del curso mediante compromiso escrito de matrícula en los cursos de idiomas para extranjeros ofrecidos por la Universidad, o en otros equivalentes.
En esta propuesta, no se establecen criterios de acceso distintos de los derivados de la limitación de plazas de nuevo ingreso establecidos por la legislación vigente para los estudios de máster.